Nuestros colaboradores: ¿Qué son los MASC y por qué son clave para la empresa familiar?

En el entorno empresarial actual, caracterizado por la rapidez, la complejidad y la globalización, los conflictos son inevitables. Sin embargo, la forma en que se gestionan puede marcar la diferencia entre una empresa que prospera y otra que se estanca.

En este contexto, los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) se han convertido en una herramienta esencial para las empresas, especialmente para la empresa familiar, que suele enfrentarse a disputas con un fuerte componente personal y patrimonial. Tanto el número de empresas como el de litigios han incrementado de forma continua (según datos del INE y del Consejo General del Poder Judicial, el número de empresas a 1 de enero de 2000 era de 2.595.392 y a 1 de enero de 2024 era de 3.255.276; y el de litigios civiles era, en 2003, de 1.138.744 ingresados y 768.363 en ejecución, mientras que en 2023 ingresaron 2.985.234 asuntos civiles y 2.754.359 estaban en ejecución), sin que los medios públicos para tratar de resolverlos hayan aumentado al mismo ritmo.

No parece muy sensato persistir en la aplicación de mecanismos de resolución de disputas diseñados hace 25 años a las empresas -cuyo número ha aumentado- para resolver sus disputas -cuyo volumen también han aumentado-, como si nada hubiera cambiado en todo este tiempo. A medida que las empresas enfrentan desafíos cada vez más complejos y globales, la necesidad de enfoques innovadores y colaborativos se vuelve más evidente.

Los MASC son mecanismos alternativos al proceso judicial tradicional que permiten a las partes en conflicto buscar una solución extrajudicial, de manera más ágil, flexible y adaptada a sus necesidades. Según la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de eficiencia del Servicio Público de Justicia, se entiende por MASC “cualquier tipo de actividad negociadora, reconocida en la ley, a la que las partes de un conflicto acuden de buena fe con el objeto de encontrar una solución extrajudicial, ya sea por sí mismas o con la intervención de una tercera persona neutral”.

La normativa española reconoce diversas alternativas de MASC, entre las que destacan:

  1. Negociación directa: Las partes, con o sin la asistencia de sus abogados, negocian directamente para alcanzar un acuerdo. Es el método más sencillo y flexible.
  2. Mediación: Un tercero neutral (el mediador) ayuda a las partes a dialogar y explorar soluciones, sin imponer una decisión. La mediación es voluntaria, confidencial y permite a las partes mantener el control sobre el resultado.
  3. Conciliación: Similar a la mediación, pero el conciliador puede proponer soluciones concretas para que las partes las valoren y, en su caso, las acepten.
  4. Oferta vinculante confidencial: Una parte realiza una propuesta formal y vinculante para resolver el conflicto. Si la otra parte la acepta, el acuerdo es obligatorio.
  5. Opinión de experto independiente: Las partes designan a un experto para que emita una opinión técnica o jurídica sobre el conflicto, que no es vinculante pero puede facilitar el acuerdo.
  6. Derecho colaborativo: Cada parte está asistida por un abogado especialmente formado en esta materia. Todos se comprometen a negociar de buena fe y, si no hay acuerdo, los abogados no podrán intervenir en un eventual proceso judicial posterior. Este método fomenta la transparencia, la cooperación y la búsqueda de soluciones creativas.

Desde abril de 2025, la ley exige que, antes de presentar una demanda civil o mercantil, las partes deben intentar resolver el conflicto a través de un MASC. Este requisito de procedibilidad es obligatorio para la mayoría de los litigios civiles y mercantiles, salvo algunas excepciones (por ejemplo, materias indisponibles, procedimientos ejecutivos, medidas cautelares, etc.).

Para acreditar que se ha cumplido este requisito, será necesario aportar a la demanda un documento que demuestre que se ha intentado la negociación o el MASC elegido, o que la otra parte ha sido invitada a participar y no ha respondido. Si no se cumple este requisito, la demanda será inadmitida.

La empresa familiar, por su propia naturaleza, se enfrenta a conflictos que pueden afectar tanto a la gestión empresarial como a las relaciones personales y patrimoniales entre familiares. Los MASC ofrecen ventajas especialmente valiosas en este contexto:

  • Confidencialidad: Los procedimientos son privados, lo que protege la reputación y la información sensible de la empresa y la familia.
  • Rapidez y ahorro de costes: Los MASC suelen ser mucho más ágiles y económicos que un proceso judicial, evitando largos años de litigio y gastos innecesarios.
  • Preservación de relaciones: Al fomentar el diálogo y la cooperación, los MASC ayudan a mantener y reparar las relaciones familiares y empresariales, evitando rupturas irreparables.
  • Soluciones personalizadas: Permiten diseñar acuerdos flexibles y adaptados a las necesidades concretas de la empresa y la familia, más allá de lo que un juez podría imponer.
  • Control sobre el proceso y el resultado: Las partes mantienen el control sobre la solución, en lugar de dejar la decisión en manos de un tercero.

La implantación de los MASC como paso previo obligatorio antes de acudir a los tribunales supone un cambio de paradigma en la gestión de conflictos empresariales en España. Para la empresa familiar, los MASC no solo son una obligación legal, sino una oportunidad para resolver disputas de forma eficiente, proteger el patrimonio y las relaciones familiares, y convertir los conflictos en oportunidades de crecimiento y mejora. Apostar por los MASC es apostar por el futuro y la sostenibilidad de la empresa familiar.